Salud - Atención en el Hogar y Casas Hogares.
Caracas, 20 de octubre de 2011
En el archivo adjunto encontrarán información acerca de lo contemplando en los Planes de Salud para:
** - Nota especial sobre la Atención en Casas Hogares:
En la página referente al punto Nº 3, está la lista de las instituciones con las cuales PDVSA tiene un convenio para la prestación del servicio en el Área Metropolitana. Todos los gastos corren por cuenta del Plan de Salud y el paciente debe llevar sus medicinas tal como las adquiere actualmente (obteniéndolas en Farmacias autorizadas por PDVSA; o adquiriéndolas y solicitando el reembolso por el procedimiento regular). La Casa Hogar indicará si hay alguna otra necesidad que deba suministrar el paciente. El servicio en las casas comprende alimentación, atención de enfermería, visita médica regular y otros servicios que ellas ofrecen al interesado.
Básicamente todo el proceso queda en manos de los familiares del paciente, y se inicia con la visita a las casas hogares, la selección de una de ellas tal como se explica en la página 3 del material anexo. Al obtener el cupo en la Casa Hogar, ésta suministra la documentación que un familiar del paciente debe presentar a PDVSA para la aprobación del ingreso. La dirección de las oficinas de PDVSA en el Área Metropolitana y nombre de la persona de contacto está en esa misma página Nº 3.
Para el resto del país, se debe solicitar la información en los Centros de Atención Integral al Jubilado o en las oficinas de la Gerencia de Salud Integral del área.
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